Instructivo para la comercialización y transporte de alimentos del sector agrario

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El Decreto de aislamiento social, preventivo y obligatorio, exceptúa las actividades vinculadas a la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca (art. 6, inciso 13).

Por tal motivo, el Ministerio de Desarrollo Agrario de la Provincia de Buenos Aires, recuerda que se deberá transitar con la declaración jurada (disponible aquí), y recomienda:

• No compartir cabina de camión y si fuera necesario, ventilar la misma permanentemente.
• Contar en la cabina con alcohol en gel o preparado de 30% agua + 70% de alcohol en aspersor.
• Desinfectarse manos, volante y palanca de cambio.
• Ventilar los vehículos entre turnos.
• Ampliar el horario de lavado de transporte para que haya menor concentración de transportistas.
• Mantener distancias mínimas (1.5 metros) con el resto de las personas.
• No compartir mates, botellas, vasos, cubiertos, tasas, teléfonos, herramientas, equipamientos con otras personas. En caso de tener que hacerlo desinfectar previamente.
• Personal mayor de 60 años en población de riesgo, no exponerse.
• En las rutas al utilizar baños públicos lavarse bien las manos y usar las toallas descartables para abrir los picaportes.
• Tener sobres en la cabina donde colocar la documentación que te entregan. Desinfectarse las manos una vez metidos los papeles en el sobre.
• Preferentemente llevar viandas de lugar de origen y todo lo necesario para el viaje de ida y de vuelta.
• Comercialización y Peajes: después de pagar y cobrar, desinfectarse las manos.
• Evitar las reuniones.
• Al manipular mercaderías utilizar indumentaria apropiada. Evitando usarla adentro de la cabina.
• Desinfectarse al cambiarse las ropas.