Actividad esencial: alcances de la normativa para la actividad hotelera

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El servicio de hotelería ha sido reconocido como actividad esencial y se encuentra estrictamente circunscripta al servicio de emergencia sanitaria.

En este contexto, de acuerdo a la interpretación de la Decisión Administrativa N° 429/2020, el Poder Ejecutivo posibilita la prestación del servicio en establecimientos debidamente habilitados, para alojar a aquellos pasajeros provenientes del exterior para cumplir la cuarentena.

Este permiso, se hace extensivo para el personal que realice tareas esenciales y que cumpla con los requisitos de circulación vigentes, acreditado a través de los certificados correspondientes.

Se deberán cumplimentar los protocolos específicos para personal y huéspedes. En este sentido, se tendrán que arbitrar las medidas necesarias conducentes a garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas para el caso por las autoridades sanitarias.

Dentro del servicio hotelero también hay personas en situación de riesgo, por ello cada empleador deberá convocar a voluntarios que se encuentren en condiciones de llevar a cabo este tipo de tareas, asegurando el cumplimiento de la norma.

Consultar el instructivo para hoteles y alojamientos – implementación del Decreto 260/2020, en: https://view.officeapps.live.com/op/view.aspx?src=http://www.bahia.gob.ar/subidos/coronavirus/CORONAVIRUS-instructivo-hoteles-y-alojamientos-_MBB.docx.