Requisitos de alojamiento para personas provenientes de zonas de transmisión local

2703

Toda persona que ingrese al Partido procedente de zonas definidas con transmisión local de Coronavirus (COVID-19) (consultarlas en https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus-COVID-19/zonas-definidas-transmision-local), deberá cumplir aislamiento absoluto por el término de catorce (14) días.

Los prestadores de servicio de alojamiento deben informar la nómina de los pasajeros al mail alojadoscovid19@gmail.com.

Esta disposición vale para todo tipo de lugar de alojamiento, tanto sean hoteles, apart, hostels, departamentos y otras formas de hospedaje, como así también particulares, sean estos a título oneroso o gratuito.

Además, en el caso de que algún huésped se encuentre enfermo de COVID-19, los establecimientos tendrán la obligación de dar cobertura al enfermo hasta tanto reciba el alta correspondiente.

La documentación requerida deberá ser remitida a la Secretaría de Salud del Municipio a los mails alojadoscovid19@gmail.com y empresascovid19@gmail.com.

En el caso de aquellas personas que ingresen al partido y requieran alojamiento para descanso en tránsito durante el máximo de una noche, deberán permanecer en aislamiento total dentro de la habitación desde el alojamiento hasta su retiro de la ciudad.

Cuando el motivo del alojamiento sea por cuestiones laborales, sólo podrán hacerlo aquellos trabajadores de empresas que se encuentren radicadas en el Partido de Bahía Blanca.

Entonces, quienes ingresen desde zonas de transmisión local por cuestiones laborales deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Acreditar, mediante la presentación de certificado expedido por médico laboral, haber cumplido aislamiento absoluto los 4 días previos al ingreso a Bahía Blanca.
  • Cumplir aislamiento absoluto durante las 72 horas posteriores al ingreso al partido, al cabo de las cuales se deberá realizar el test de PCR de confirmación del virus. Dicho examen estará a cargo de la empresa a la cual el trabajador dependa.
  • Presentar certificación que acredite cobertura sanitaria, obra social y/o prepaga, y de ART, con cobertura en el Partido de Bahía Blanca.
  • Presentar certificación suscrita por el empleador indicando la dirección donde el trabajador desempeñará sus funciones dentro del Partido, al mail: covid19@gmail.com.

Decretos 742 y 749/2020.